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Términos y condiciones

Condiciones generales de reserva

El presente contrato se rige por los términos y condiciones reflejados en el mismo, siendo partes del contrato, el cliente que realice la reserva y la sociedad UNIO COMERCIAL DE GASOIL  S.L.U (en adelante UCG) con domicilio a estos efectos en Av. Europa, 26, 08700, Igualada, Barcelona con número de C.I.F.: B61170098, teléfono de reservas 93 805 54 15 y correo electrónico ucg@ucgsl.com.

El cliente deberá imprimir su hoja de reserva generada tras confirmación de datos o bien esta será enviada a la dirección de correo electrónico que nos sea proporcionada.

El cliente debe guardar o imprimir una copia de estos Términos y Condiciones para su debida constancia.

El cliente recibirá un email de confirmación de su reserva.

Edad requerida para reservas

Debe facilitar su edad para verificar el cumplimiento de los requisitos de edad mínima para alquilar que en UCG.
Si usted desea alquilar una furgoneta en UCG, deberá tener como mínimo 21 años de edad. Para figurar en uno de nuestros contratos de alquiler como conductor principal, se tiene que estar además en posesión del permiso válido según la categoría de vehículo a reservar, con una antigüedad de al menos 3 años.

Documentación requerida para reservas

Cuando vaya a formalizar el contrato de alquiler, usted deberá presentar el permiso de conducir y NO podrá ser admitido si no está vigente. No se aceptarán los permisos provisionales o caducados.

Asimismo, al formalizar el contrato deberá facilitarnos una copia de su DNI, NIE o pasaporte, según los casos.

Modificación de reserva.

Podrá modificar su reserva online de forma gratuita y en cualquier momento hasta 24 horas antes de la hora de recogida especificada sin coste alguno. Una vez modificada la fecha de la reserva, en caso de anularla posteriormente se perderá el 100% del importe abonado.

Tenga en cuenta que la modificación de su reserva puede implicar cambios en el precio de su alquiler, dado que esta se efectuará conforme a las tarifas/ofertas publicadas vigentes y que deberá utilizar como canal de comunicación el envío de un correo electrónico ucg@ucgsl.com, o bien deberá ponerse en contacto con la oficina de recogida del vehículo con objeto de modificar su reserva o por teléfono al 93 805 54 15.

Dentro de las 24 horas anteriores a la recogida, la reserva no podrá ser modificada.

La modificación de reserva está sujeta a disponibilidad del vehículo y horario de la Oficina de recogida del vehículo.

Falta de recogida de vehículo

El vehículo permanecerá disponible 2 horas adicionales a la hora de recogida reservada. Después de ese tiempo no podemos garantizar que el vehículo esté disponible a su llegada.

La recogida del vehículo en hora anterior a la reserva efectuada está sujeta a disponibilidad.

La recogida del vehículo en todo caso deberá coincidir con los horarios de apertura y cierre de las oficinas.

Si no se recoge el vehículo en la hora especificada en la reserva o si el vehículo no estuviese disponible, debido a la demora de más de dos horas antes indicada, no recibirá el reembolso de su reserva.

La oficina tratará de cumplir con su reserva sujeta a la disponibilidad del vehículo seleccionado.

Días de alquiler no utilizados

No es reembolsable el día de alquiler no utilizado o extras de reservas prepagadas.

Condiciones de Cancelación de reserva

Conforme a lo establecido por la normativa de Consumo en la UE el cliente no tiene derecho de desistimiento en la reserva que formalice.

UCG, le permite cancelar su reserva en cualquier momento y por cualquier motivo a través de nuestra web.

Le reembolsaremos la totalidad del importe abonado si la cancelación se produce 4 días antes de la hora de recogida del vehículo que conste en su reserva efectuada.

Las cancelaciones de reserva comunicadas con menos de 4 días de la hora de recogida del vehículo y menos de 24 horas antes de la hora de recogida especificada conllevarán una pérdida del 20 por 100 del importe abonado de reserva.

Las cancelaciones de reserva con menos de 24 horas de antelación a la hora de recogida especificada, no tendrá derecho a reembolso alguno de su reserva.

El reembolso se efectuará en la misma forma de pago realizada.

UCG se reserva el derecho a cancelar en cualquier momento una reserva en situaciones de Fuerza Mayor.

UCG se reserva el derecho a cancelar en caso de incumplimiento del contrato de alquiler por el cliente, incumplimiento entre el que se incluye la falta de pago de cualquier importe debido por anteriores alquileres realizados en los que pueda haber intervenido el cliente que haya reservado, el mismo arrendatario y/o conductor del vehículo que hayan sido parte del contrato de alquiler firmado.

También se reserva el derecho a cancelar ante cualquier comportamiento arbitrario o ilícito hacia los trabajadores o bien por actividad fraudulenta o ilegal cometida con uno de los vehículos de la marca UCG con anterioridad al contrato de alquiler a firmar. En todos estos casos de cancelación UCG reembolsará al cliente la cuantía abonada en concepto de reserva.

Prohibición de Cesión

El cliente no podrá transmitir sus derechos u obligaciones de reserva conforme estos Términos y Condiciones. El contrato de reserva se celebra entre el cliente registrado en la reserva y UCG.

Reclamaciones

UNIO COMERCIAL DE GASOIL  S.L.U (en adelante UCG) con domicilio a estos efectos en Av. Europa, 26, 08700, Igualada, Barcelona con número de C.I.F.: B61170098, teléfono de reservas 93 805 54 15 y correo electrónico ucg@ucgsl.com.

Ley Aplicable y Jurisdicción

Estos Términos y Condiciones se rigen por la normativa y jurisdicción española. Usted podrá incoar cualquier litigio o reclamación derivado de o en relación con estos Términos y Condiciones y/o cualquier contrato de reserva en los tribunales de su propia jurisdicción o en otras jurisdicciones que tengan competencia de tales litigios.

Condiciones generales de alquiler de vehículos

1. A los efectos del presente contrato, se designa con la denominación de ARRENDATARIO la persona que use el Vehículo, y con la denominación de ARRENDADOR, la empresa propietaria del vehículo.

2. El arrendatario alquila a la Empresa arrendadora el vehículo, la matrícula, marca y modelo del que se especifican en el anverso de este contrato, con todos los utensilios que marca el Código de Circulación y en perfecto estado de funcionamiento. También declara, el compromiso de devolverlo en la oficina y en la fecha y hora acordada y que figura en la parte anterior de este contrato.

3. El vehículo alquilado se entregará con una fotocopia de la documentación original, quedando la original depositada en el domicilio social del arrendador.

4. El arrendador y el arrendatario se obligan a cumplir la tarifa de precios concertada de común acuerdo por ambas partes, se fija en la parte anterior del presente contrato. La duración del alquiler es la pactada en el contrato, y se facturará en base a periodos de 24 horas, contados desde la hora en que éste se hubiera formalizado. Existe un periodo de cortesía de 60 minutos, pasado el cual se realizará un cargo adicional, durante las primeras 24 horas, de un día más de alquiler al precio de la Tarifa General en vigor. Transcurridas 24 horas de demora en la devolución del Vehículo, el cargo se realizará por los días que transcurran hasta la entrega efectiva del Vehículo. En el precio de tarifa no incluyen: el carburante, pinchazos, estancias en garajes o aparcamientos y averías o daños debidos a negligencia del arrendatario, como por ejemplo llenar el tanque con un carburante que no sea el que usa el vehículo, no parar el vehículo en caso de avisos del mismo sobre falta de aceite y otros avisos.

En el caso de alquileres renovables con periodicidad mensual, el Arrendatario queda obligado a comparecer en la oficina alquiladora el último día de contrato para que el arrendador pueda efectuar el cierre del mismo liquidando todos los conceptos contratados. La citada comparecencia en la oficina podrá ser sustituida por el envío del nuevo contrato firmado a través de correo electrónico, siempre que se liquiden todos los conceptos contratados. En los alquileres renovables deberá revisarse regularmente los niveles de líquidos y aceite, y permitir las inspecciones de seguridad o revisiones que sean procedentes y conformes a las inspecciones de uso del tipo de vehículo. Estas revisiones deberán realizarse por los talleres autorizados por el Arrendador, respondiendo el Arrendatario de cualquier perjuicio que se derive de la incorrecta reposición de los niveles de líquido del motor del vehículo arrendado. En estos alquileres será obligación del Arrendatario respetar la limitación de kilometraje máximo realizable y comunicar esto al Arrendador. Todas las personas identificadas en el contrato de alquiler responderán solidariamente del pago de cualquier cantidad debida derivada del contrato.

5. Las reparaciones, cambios de aceite, engrasados, accesorios y repuestos derivados del normal funcionamiento y mantenimiento del vehículo correrán a cargo del arrendador, el cual se compromete a solventar lo antes posible o bien autorizar al arrendatario por qué proceda a su reparación y posteriormente abonar el importe de la factura correspondiente.

6. El vehículo sólo podrá ser conducido los conductores indicados en el momento de la reserva y contratación y deberán estar provisto del carné de conducir vigente, al menos con 3 años de antigüedad, haciéndose responsables de todas las infracciones que puedan ser sancionadas por las autoridades competentes, obligándose a comunicarlas al arrendador.

7. Se incluye en las tarifas de este contrato, seguro de responsabilidad civil limitada, y es el arrendatario responsable de los daños que se produzcan en el vehículo arrendado. El seguro cubre todos los daños propios del vehículo, excepto la cantidad por cada golpe o siniestros que en concepto de franquicia hasta un máximo de 900€ para los “turismos” grupos A,B, C, E, J, I y de 1.200€ “furgonetas y camiones” grupos C,D, F, G, H que irán a cargo del arrendatario. Se facilita el teléfono de asistencia en carretera disponible 24h al día y 365 días.

El cliente será económicamente responsable del coste total de los daños sufridos por el Vehículo de acuerdo con el presupuesto emitido por un taller independiente o según peritación de daños (ambos contratados por UCG rentacar) cuando se produzcan por negligencias en el uso del vehículo tales como: Pinchazos (Producidos por mala conducción o conducir en terrenos no asfaltados, etc.) / Daños causados a terceros por descuidos o conducción temeraria (Utilización de teléfonos móviles o GPS durante la conducción, conducir sobrepasando el límite de velocidad, no utilizar el freno de mano al aparcar, etc)/ Repostaje de combustible equivocado (Ante cualquier duda el cliente podrá llamar a la oficina para asegurarse del tipo de combustible del vehículo) En caso de repostaje equivocado y Adblue en el compartimento equivocado son considerados negligencias no cubierta por el seguro, el cliente pagará todos los gastos ocasionados (grúa, vaciado de depósito, etc.) según presupuesto de talleres concertados./ Daños en llantas y neumáticos (Abolladuras o golpes producidos por mala conducción, conducir en terrenos no asfaltados, no circular evitando golpear los bordillos, conducir con una rueda pinchada o exceso de carga, etc.)/ Pérdida o rotura de llaves o mandos a distancia. (Ante esta situación, avisa a la oficina donde alquilaste el vehículo) / Sustracción del vehículo con las llaves en el contacto / Daños en la tapicería y en las cerraduras (Quemaduras de cigarrillos, cortes, o daños por intentos de robo, etc.)/Otros daños en el interior del vehículo (Daños en el suelo del vehículo, suciedad excesiva, daños en el panelado interior de la caja, etc.)/Realizar agujeros en la carrocería/Eliminar la rotulación del vehículo sin previa autorización/Reemplazo, pérdida o desanclaje de asientos/Daños o pérdida de los accesorios del vehículo (La antena, gato del vehículo, triángulos de seguridad, limpia-parabrisas, tapa del depósito, extintor, chaleco, kit anti-pinchazos, pérdida de documentación, etc.)/Daños al motor debido a negligencia suya o del pasajero (comportamiento que no cumpla las normas mínimas que se esperan de una persona razonablemente prudente en circunstancias similares) con Vehículo sobrecargado, conducción indebida, etc/Daños en los bajos del vehículo (Por conducción en un terreno no asfaltado, sobrepasar un badén sin cuidado, como consecuencia de una colisión o choque contra bolardos móviles ubicados en zonas de acceso restringido debidamente señalizadas etc./El daño causado al vehículo como consecuencia de una colisión o choque contra cualquier objeto o elemento arquitectónico debido a una incorrecta apreciación de su altura por parte del conductor/Daños por mal uso del embrague (Por apoyar constantemente el pie en el pedal del embrague, cambiar de marchas sin pisar a fondo el pedal, etc.)/Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas/Otros daños ocasionados al vehículo por negligencia.

8. En caso de accidente el Arrendatario se compromete a: No abandonar el Vehículo alquilado sin tomar medidas adecuadas para protegerle. No admitir frente a terceros la responsabilidad en caso de accidente. Comunicar antes de 7 días el accidente al Arrendatario utilizando el Parte Europeo de Accidentes. Obtener los datos completos de la parte contraria y posibles testigos, cumplimentando un parte de accidente, que remitirá al arrendador, dentro de un plazo de cuarenta y ocho horas después de producirse el mismo. Recopilar los nombres y direcciones de los implicados en el accidente y comunicárselos al Arrendador. Si el contrario se negara a firmar, el arrendatario deberá solicitar la presencia in situ policial para el esclarecimiento de los hechos, de lo contrario se considerará al Arrendatario como responsable del accidente, salvo prueba en contrario aportada. Prestar asistencia tanto al Arrendador como a la aseguradora en cualquier procedimiento legal. En caso de recibir el arrendador reclamación de contrario si el arrendatario no presenta parte de accidentes o declaración de inexistencia del mismo firmada, deberá abonar la tarifa de cargos adicionales.

9. Uso del vehículo: El Arrendatario está obligado a conservar el Vehículo hasta la entrega y recepción del mismo con la diligencia exigida en el artículo 1904 del vigente Código Civil español, y a llevar siempre su ejemplar del contrato de alquiler vigente a bordo del Vehículo. Asimismo, se compromete a utilizarlo y conducirlo cumpliendo con las normas del Código de Circulación vigentes en el lugar y en el momento de prestación del servicio y conforme a las especificaciones de uso del tipo de vehículo arrendado. Se prohíbe fumar en el interior de cualquier vehículo arrendado por UCG.

El Vehículo solamente podrá ser utilizado en carreteras públicas, y queda expresamente prohibido: Conducir el Vehículo por personas no autorizadas en el anverso. Utilizarse el Vehículo por persona que no disponga carnet de conducir válido y hábil para circular por territorio español, y para el tipo de vehículo arrendado, aunque sus datos consten como conductor autorizado en el contrato, ni por cualquier persona menor de 21 años. Transportar personas o mercaderías, cuando ello implique el subarriendo del Vehículo. Transportar personas o mercancías sin haber obtenido la autorización administrativa exigida por el ordenamiento jurídico. Se prohíbe el transporte de mercancías que requiera condiciones especiales según legislación y para las que el Vehículo arrendado no esté preparado como ATP, ADR, etc. En caso de incumplimiento, el Arrendatario será responsable de las sanciones que la Administración pudiera imponer al Arrendador. Conducir el Vehículo en inferioridad de condiciones físicas, motivadas por el alcohol, drogas, fatiga o enfermedad. Utilizar el Vehículo para empujar o remolcar otros vehículos incluidos los remolques, salvo que se de autorización por el Arrendador. Participar con el Vehículo en carreras, concursos deportivos, pruebas de fiabilidad o desafíos de cualquier naturaleza o para enseñar a conducir. Desprecintar o manipular el cuentakilómetros del Vehículo, debiendo comunicar inmediatamente al Arrendador cualquier avería del mismo. Transitar fuera de la red vial nacional. Cualquier siniestro que se produzca por este motivo será de cuenta exclusiva del Arrendatario. No detener el Vehículo lo antes posible cuando se ilumine o suene cualquier testigo o alarma que indique anomalía en el funcionamiento del mismo o se detecte ésta por el Arrendatario, debiendo en estos supuestos contactar de forma inmediata con el Arrendador para que éste disponga lo conveniente o con la compañía de asistencia del seguro de Vehículo.

10. No se abonará ninguna reparación o asistencia sin previa autorización del Arrendador. Conducir el Vehículo a otro país sin haberlo comunicado al Arrendador y obtenido su autorización expresa para ello en el momento de formalizar el contrato o, posteriormente sin que el Arrendador otorgue su consentimiento por cualquier medio y debiendo quedar constancia del mismo. Realizar una conducción deportiva extrema o exigente que quede reflejada en los mecanismos de control con el que vaya equipado el coche o que origine desgaste prematuro y anómalo de elementos del vehículo que no se corresponda con los kilómetros realizados y que tengan su origen en un exceso de exigencia por parte del Arrendatario. Variar cualquier característica técnica del Vehículo, las llaves, el equipamiento, las herramientas y/o accesorios del mismo. Hipotecar, ceder, alquilar, pignorar, vender o dar en garantía: el Vehículo, el contrato de alquiler, las llaves, la documentación, el equipamiento, las herramientas y/o los accesorios del Vehículo y/o cualquier parte o pieza del mismo. Transportar niños menores de tres años o personas mayores de tres años que no superen una altura de 135 centímetros sin utilizar el correspondiente dispositivo de retención homologado de acuerdo con el peso y la talla del niño o persona que deba utilizarlo.

Sólo el Arrendador tiene el derecho y la responsabilidad de reparación del Vehículo y sus accesorios y salvo autorización expresa de éste quedan prohibidas las reparaciones realizadas por el Arrendatario o un tercero. En caso de que fueran manipulado los materiales accesorios con los que se alquila el vehículo o desprecintado el cable del cuentakilómetros se aplicará un recargo de 150 € a 200 € diarios según la gravedad los desperfectos. En cualquier caso, la responsabilidad del arrendatario puede llegar hasta el total del pago de los daños que se estime haya causado.

11. En caso de que, por avería mecánica, accidente o cualquier otra causa el vehículo arrendado quede paralizado o sea imposible la continuación del viaje o resulte inservible, para el uso para el que fue alquilado, el arrendador no se responsabilizará de los daños y perjuicios que por ahí cause al arrendatario, renunciando ésta a cualquier reclamación por este concepto.

12. El Arrendatario deberá: Inspeccionar el Vehículo antes de tomar posesión de él y comunicar cualquier golpe o anomalía detectada. Tener el Vehículo adecuadamente estacionado y custodiado cuando no se utilice. Dejar de utilizar el Vehículo y ponerse en contacto con el Arrendador de forma inmediata ante cualquier fallo o avería que detecte. Comprobar que no ha dejado pertenencia alguna en el Vehículo antes de devolverlo, pues el Arrendador no se hace cargo de su posterior devolución. La devolución del Vehículo fuera del horario de apertura de la oficina o en lugar distinto de ésta deberá ser previa y expresamente autorizada por el Arrendador. En cualquier caso, el Arrendatario seguirá siendo responsable del Vehículo en tanto no sea recepcionado por un miembro del personal del Arrendador y no se emita el informe de estado del Vehículo. Esto es, cualquier daño, pérdida, robo del Vehículo o de sus accesorios opcionales será responsabilidad del Arrendatario hasta la inspección y comprobación del estado del Vehículo por el personal del Arrendador. La sustitución del vehículo, sólo se producirá en el supuesto de avería o accidente sin mediar culpabilidad o imprudencia del arrendatario. La cobertura de vehículo de sustitución se hará en plazo de las siguientes 48 horas y sólo se llevará a cabo con vehículos que se encuentren dentro de la Península.

13. El arrendador no responde de los daños, robo, pérdida o rotura de las mercancías transportadas en el vehículo.

14. No se podrán transportar en el vehículo alquilado mercancías que dejen en su interior olores molestas o insalubres, tales como pescado fresco, animales, adobas orgánico. etc.

15. También declara recibir el vehículo descrita con el depósito lleno de carburante y el aceite del motor a su nivel. El vehículo se devolverá igualmente lleno de carburante, si no es así se descontará de la fianza o se realizará cargo adicional si esta no lo cubriera.

16. El vehículo no podrá salir al extranjero sin la autorización expresa del arrendador.

17. El arrendatario está obligado a las presentes condiciones generales desde el momento mismo en que suscriba la declaración de salida, deberá atender, aún después de la devolución del vehículo arrendado a cuantas reclamaciones le formule el arrendador por causas que derivan del arrendamiento y cumplimiento de lo previsto en este contrato, se le entrega un ejemplar, hasta la liquidación definitiva de aquellos a plena conformidad del arrendador.

18. Se establece un depósito o fianza a retener al Arrendatario al inicio del contrato y a devolver en el momento de la recepción del Vehículo y tras verificar tanto el correcto estado interior y exterior del mismo de forma que se corresponda con el estado de la entrega, como el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente contrato. El importe del depósito o fianza será de 300€. La aplicación de la tarifa convenida inicialmente queda supeditada a que la devolución del Vehículo se realice en la fecha y lugar previstos. En caso de que el Arrendatario quisiera disfrutar del Vehículo por tiempo superior al pactado, se compromete a obtener expresa autorización escrita del Arrendador pagando anticipadamente el importe correspondiente a la prolongación del alquiler. Los cargos ocasionados por la pérdida de la documentación del Vehículo, así como la pérdida de neumáticos, herramientas, y accesorios, incluido daños en llantas y neumáticos por culpa o negligencia del cliente. Los costes de reparación de los daños causados al Vehículo, en caso de accidente, cuando concurran las siguientes circunstancias: 1. Que el Vehículo no fuera utilizado de acuerdo con las condiciones establecidas. 2. Que el parte de accidente no hubiera sido cumplimentado en el plazo señalado o que no se ajustase a la realidad de los hechos producidos.

19. Las multas y gastos judiciales motivados por infracciones de tráfico o infracción de las leyes, reglamentos u ordenanzas, por parte del Arrendatario. El arrendatario satisfará y será responsable como si fuera propietario del Vehículo frente a las multas o sanciones que cualquier órgano administrativo imponga por razón de la utilización del Vehículo, así como por estado del mismo en los casos imputables a éste. El Arrendatario deberá reembolsar al Arrendador los importes, incluidos los recargos o intereses de cualquier tipo, que se vea obligado a abonar por razón de las multas o sanciones impuestas como propietario del Vehículo. Por la gestión de multas hay un cargo adicional de 20€ (IVA incluido).

20. En caso de daños o deterioro no vinculado al desgaste habitual por uso en elementos no cubiertos por el seguro y ocasionados por mal uso, descuido o negligencia del Arrendatario, éste pagará todos los gastos ocasionados. Igualmente si fuera necesaria una limpieza excepcional o reparación de tapicerías, cromados o paneles interiores por efecto de marcas, roturas, degradación o manchas que produzcan deterioro o necesidad de reparación estética, sustitución o tratamiento de limpieza excepcional en elementos del vehículo cuyo origen sea imputable al uso realizado por el arrendatario. El coste de esta limpieza se regirá según: Los precios fijados (IVA incluido) son limpieza básica 50 €, limpieza media 150 €, limpieza íntegra 250 €. De necesitar sustitución de algún elemento por imposibilidad de eliminar o limpiar el deterioro, el Arrendatario pagará el precio estipulado según la tarifa de precios del Servicio Oficial de la marca o taller especializado.

21. El Arrendatario mediante la firma del presente contrato autoriza al Arrendador a realizar los cargos en su tarjeta de crédito de cuantos importes se hubiera acordado realizar o quedaran pendientes a la finalización del contrato por pago de alquiler, daños ocasionados al Vehículo no cubiertos por el seguro suscrito, o cualquier otro concepto imputable al Arrendatario, haciéndole constar el desglose de los cargos.